Proceso de sanción

Cuando el/la coordinador/a del servicio reciba quejas de la persona trabajadora o detecte una posible infracción que pueda ser constitutiva de falta o amonestación, debe informar inmediatamente a su Director/a Técnico o Gerente de zona de lo sucedido lo más detalladamente posible (día, hora, lugar, servicio…).

Seguidamente el/la Director/a Técnico o Gerente de zona, junto con el Dpto. de Laboral, excepcionalmente con el Dpto. Jurídico, valorará si se sanciona o se amonesta a la persona trabajadora. En caso afirmativo el Dpto. de laboral tipificara en base al convenio colectivo el tipo y la gravedad de la sanción/amonestación.

A continuación, se emitirá el escrito correspondiente para que se le haga llegar a la persona trabajadora o testigos, la cual debe firmar.

Updated on octubre 5, 2023